Auto Supremo AS/0270/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0270/2015

Fecha: 29-Oct-2015

Consiguientemente y en mérito a lo expuesto anteladamente, no siendo evidentes las violaciones aducidas por

Consiguientemente y en mérito a lo expuesto anteladamente, no siendo evidentes las violaciones aducidas por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos a través de su representante legal en el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 521 a 522, corresponde resolver el recurso conforme disponen los arts. 271 inc. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo