Auto Supremo AS/0316/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0316/2015

Fecha: 27-Oct-2015

En este sentido, no corresponde el pago de las horas extras solicitadas por la recurrente,

En este sentido, no corresponde el pago de las horas extras solicitadas por la recurrente, como acertadamente determinaron los juzgadores de instancia en sus resoluciones emitidas a su turno, quienes para arribar a la conclusión asumida, valoraron de manera acertada la prueba adjuntada durante la tramitación del proceso, conforme facultan los arts. 3.j), 158 y 200 del CPT, extremo que desvirtúa lo aseverado por la demandante, porque si bien, la Constitución Política del Estado protege los derechos de los trabajadores, los cuales se encuentran consagrados en los arts. 46 y 48 de la Carta Fundamental, esta protección tiene su ámbito de aplicación en los casos cuando se hubiese vulnerado algún derecho del trabajador, situación que no sucedió en el caso presente