Auto Supremo AS/0316/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0316/2015

Fecha: 27-Oct-2015

Por otra parte, denunció la violación a los arts

Por otra parte, denunció la violación a los arts. 46, 47 y 55 de la Ley General del Trabajo (LGT), aduciendo que como trabajadora debería cumplir 40 horas semanales de trabajo, sin embargo obligada, cumplió labores de 9 am, a 9 pm, incluyendo todos los días sábados, o sea 12 horas diarias, señalando que los controles y libros de asistencia son de exclusivo manejo y propiedad del empleador, por lo que no es posible que la autoridad jurisdiccional le exija su presentación cuando es imposible el acceso a los mismos, olvidando que el principio in dubio pro operario, se aplica a favor de la clase trabajadora y no de la empleadora, por otro lado se olvidó también aplicar el art. 160 del Código Procesal del Trabajo (CPT), en cuanto a la presunción de certidumbre