Auto Supremo AS/0376/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0376/2015

Fecha: 27-Oct-2015

En cuanto a la prestación de servicios del actor durante la vigencia de la relación

En cuanto a la prestación de servicios del actor durante la vigencia de la relación laboral al Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra, por los argumentos de la contestación a la demanda (fs. 93 a 96), acta de confesión provocada a fs. 119, declaraciones testificales de fs. 124, 125 y 126 y documentales cursantes a fs. 1 a 19, 35 a 92, fs. 104, 106 a 110, 121 a 122 entre otras pruebas legales y suficientes que evidencian el incumplimiento del contrato de trabajo por parte del trabajador, referente a la deslealtad del actor durante la vigencia de la relación laboral a la citada institución, configurando tal circunstancia en el art. 12 de la LGT y su despido se adecua a la causal contenida en el art. 16.e) de la LGT y art. 9.e) del art. 11 del DS N° 28699 de 01 de mayo de 2006. Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidente la infracción denunciada por el demandante por carecer de sustento legal, es innecesario efectuar mayor análisis con referencia a esta acusación