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    Auto Supremo AS/0737/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0737/2015-RRC-L

    Fecha: 12-Oct-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 15 de enero de 2011 de fs
    • Sobre el memorial del recurso de casación (fs
    • Los motivos admitidos para el análisis de fondo, respecto a la denuncia de falta de
    • 3) Alega, que si bien el Auto de Vista no puede realizar una nueva
    • Mediante Auto Supremo 435/2015-RA-L de 04 de agosto, de fs
    • II.1. De la Sentencia
    • Concluido el juicio oral, el Juez Cuarto de Sentencia de la entonces Corte Superior del
    • La nombrada imputada, interpuso recurso de apelación restringida, argumentando, en relación a los motivos de
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, emite
    • Este Tribunal admitió el recurso interpuesto por la parte acusadora, abriendo su competencia a objeto
    • Para dicho fin, en primer término se procederá a identificar el fundamento de los precedentes
    • III.1. Precedentes invocados por la recurrente
    • El Auto Supremo 372 de 22 de junio de 2004, pronunciado en un caso sobre
    • El Auto Supremo 432 de 11 de octubre de 2006, emitido dentro de un proceso
    • Sobre los precedentes invocados, es importante recalcar el razonamiento asumido por el Auto Supremo 322/2012-RRC
    • Cuando la norma se refiere a una situación de hecho similar, considera esta Sala que
    • En el caso de autos y de acuerdo a la descripción de las problemáticas procesales
    • III.2.Consideraciones doctrinales y normativas
    • La fundamentación de las resoluciones judiciales por los Tribunales de alzada
    • Sobre la temática a resolver, la parte recurrente también invocó el Auto Supremo 99 Sucre
    • En ese sentido, en el Auto Supremo 248/2013-RRC de 2 de octubre, entre otros argumentos
    • Adicionalmente, debe considerarse el razonamiento expuesto en el Auto Supremo 512 de 11 de octubre
    • En efecto, la norma citada establece que: ‘Las sentencias y autos interlocutorios serán fundamentados, expresarán
    • II
    • El juicio sobre la congruencia de la resolución judicial precisa de la confrontación entre su
    • A este fin, el art
    • En consecuencia, una vez más se deja establecido que el Tribunal de Apelación, al momento
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • A través del recurso de casación en análisis, Karla Moira Ledezma Lavcevic, denuncia, que el
    • De la revisión del Auto de Vista impugnado se evidencia, que el Tribunal de alzada
    • Con relación al agravio de que los testigos de cargo no le habrían reconocido como
    • Respecto a que en la Sentencia concurren los incs
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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