Auto Supremo AS/0756/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0756/2015

Fecha: 09-Oct-2015

La misma normativa, transcrita ut supra, nos permite concluir en el presente caso que, el

La misma normativa, transcrita ut supra, nos permite concluir en el presente caso que, el sujeto pasivo para el pago del IEHD es la Estación de Servicio Loreto S.R.L., por comercialización de GNV al consumidor final, por primera vez dentro el mercado interno; elementos que no fueron asumidos por el Tribunal de apelación, y tampoco fueron acogidos por la Juez a quo, quien en su fallo de Primera Instancia, declaró probada la demanda contenciosa tributaria interpuesta por el contribuyente