Auto Supremo AS/0830/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0830/2015

Fecha: 27-Oct-2015

Así, el recurrente refiere que el fallo recurrido incurre en violación de los arts

Así, el recurrente refiere que el fallo recurrido incurre en violación de los arts. 159, 166 y 169 del Código Procesal del Trabajo (CPT) y art. 397 del Código de Procedimiento Civil (CPC), al no realizar la valoración de la prueba de descargo con objetividad (documentales, testificales y presunciones), puesto que con ellas demostraría que al demandante se le cancelaron todos sus beneficios sociales, que en su parecer, comprendería también el derecho laboral demandado por el trabajador, no obstante la aclaración arriba anotada; sin embargo, tal afirmación tampoco resulta cierta, por cuanto no se tiene elemento probatorio alguno que demuestre la afirmación hecha por la entidad demandada para la improcedencia del pago de las horas extras condenadas por los jueces de fondo