CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L
Auto Supremo: 941/2015 - L Sucre: 14 de Octubre 2015 Expediente: SC–84–11–S Partes: Wilma Aguilera de Justiniano c/ Pablo Vaca Yorge y María del Rosario
Moreno de Vaca
Proceso: Desocupación y entrega de inmueble
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 297 a 301 y vta., interpuesto por María del Rosario Moreno de Vaca y Pablo Vaca Yorge impugnando el Auto de Vista Nº 218, de fecha 27 de abril de 2011 de fs. 291 a 292, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de Desocupación y entrega de inmueble, seguido por Wilma Aguilera de Justiniano contra Pablo Vaca Yorge y María del Rosario Moreno de Vaca, la contestación de fs. 305 a 307, la concesión de fs. 308, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido y de Sentencia de Puerto Suarez, Provincia Germán Busch del Departamento de Santa Cruz, dictó la Sentencia Nº 02, de fecha 05 de enero de 2011 de fs. 278 y vta., declarando Probada la demanda y en consecuencia ordena a Pablo Vaca Yorge y María del Rosario Moreno de Vaca la desocupación y entrega del inmueble materia de la controversia a su propietaria Wilma Aguilera de Justiniano en el plazo de 3 días, previniéndoles de desapoderamiento en caso de desobediencia
Auto Supremo: 941/2015 - L Sucre: 14 de Octubre 2015 Expediente: SC–84–11–S Partes: Wilma Aguilera de Justiniano c/ Pablo Vaca Yorge y María del Rosario
Moreno de Vaca
Proceso: Desocupación y entrega de inmueble
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 297 a 301 y vta., interpuesto por María del Rosario Moreno de Vaca y Pablo Vaca Yorge impugnando el Auto de Vista Nº 218, de fecha 27 de abril de 2011 de fs. 291 a 292, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de Desocupación y entrega de inmueble, seguido por Wilma Aguilera de Justiniano contra Pablo Vaca Yorge y María del Rosario Moreno de Vaca, la contestación de fs. 305 a 307, la concesión de fs. 308, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido y de Sentencia de Puerto Suarez, Provincia Germán Busch del Departamento de Santa Cruz, dictó la Sentencia Nº 02, de fecha 05 de enero de 2011 de fs. 278 y vta., declarando Probada la demanda y en consecuencia ordena a Pablo Vaca Yorge y María del Rosario Moreno de Vaca la desocupación y entrega del inmueble materia de la controversia a su propietaria Wilma Aguilera de Justiniano en el plazo de 3 días, previniéndoles de desapoderamiento en caso de desobediencia
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En la forma
- Otra nulidad es la falta de concesión de la apelación en el efecto diferido
- Por lo que solicita anular obrados hasta el vicio más antiguo en cumplimiento de los
- 2
- La infracción de los arts
- 3
- Habiendo interpuesto recurso de casación en la forma y en el fondo, corresponde de inicio
- En el fondo
- Al respecto, corresponde referir que entre los requisitos intrínsecos del recurso de casación en el
- En ese antecedente, de manera aclaratoria corresponde además precisar, que la valoración de los hechos
- Si bien, en la cláusula cuarta de dicho documento los vendedores se obligan a entregar
- A esto se suma el hecho de que la titular del bien inmueble, en ejercicio
- No obstante, del “acta de devolución de inmueble a propietario por orden judicial” de fecha
- En relación a esta presunta infracción, corresponde referir que este agravio de fondo no fue
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
