Auto Supremo AS/0943/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0943/2015

Fecha: 14-Oct-2015

En ese antecedente, se debe dejar claramente establecido que la parte actora en el proceso


En ese antecedente, se debe dejar claramente establecido que la parte actora en el proceso ejecutivo lo que ha demandado es el cobro de la suma de $us. 4.300, es decir lo que ha perseguido el acreedor es la ejecución de un préstamo autónomo, cuya pretensión no puede ser modificada recién en apelación menos en casación refiriendo de que se trata de una subrogación, lo que conforme a lo examinado precedentemente no corresponde y solo ratifica el contrato bilateral suscrito. Por su parte, los ejecutados interpusieron la presente demanda ordinaria de revisión de resolución dictada dentro el proceso ejecutivo, peticionando revertir el fallo formal dictado en el mismo, porque los documentos de fs. 8 a 9 no pueden surtir efectos legales porque faltan los requisitos señalados por el art. 549 incs. 1), 2), 3) y 4) del C.C., solicitando declarar probada la demanda y la nulidad del documento aludido y se deje sin efecto el proceso ejecutivo que les siguió en base a este documento, con costas más daños y perjuicios