Auto Supremo AS/0943/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0943/2015

Fecha: 14-Oct-2015

Por lo expuesto, solicita anular obrados hasta que se dicte Sentencia por otro Juez que

Agrega que ambos documentos se encuentran vinculados directamente, pues si se encuentran vinculados directamente, está pues claro que la documentación base de la ejecución es sinalagmático, es decir que no se podía exigir la entrega de sumas de dinero en la vía ejecutiva mientras no se les firme el documento definitivo de transferencia del vehículo con las formalidades y requisitos de ley, y los de instancia manifiestan en la cláusula 4ta del documento de compraventa del camión las condiciones del vehículo, la obligación que tenía el comprador para la obtención del certificado de extravío del RUA, obtener el poder del anterior comprador, en suma correr con los gastos que demanda en saneamiento del derecho propietario, obligaciones del vendedor como se pretende que ahora cancelen la suma de $us. 4.300 sin la entrega de los indicados documentos, lo correcto es pues anular el documento de préstamo así el proceso ejecutivo hasta que los vendedores cumplan con la obligación establecida en los arts. 584, 617 y 624 del C.C.
Por lo expuesto, solicita anular obrados hasta que se dicte Sentencia por otro Juez que no conoció el proceso ejecutivo, y en el fondo solicita casar el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo declare probada la demanda y nulo el supuesto documento de préstamo o subrogación, dejando sin efecto la Sentencia y Auto de Vista dictados en el proceso ejecutivo