Auto Supremo AS/0771/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0771/2015-RRC-L

Fecha: 05-Nov-2015

En consecuencia, el Tribunal de alzada al resolver el recurso de apelación formulada por la


En consecuencia, el Tribunal de alzada al resolver el recurso de apelación formulada por la querellante, expresó criterios con razonabilidad sin incurrir en revalorización de la prueba y procediendo a subsanar el defecto de procedimiento advertido y a restituir su condición de parte o acusadora particular en el proceso, sin abrazar ninguna situación de contradicción con el precedente invocado, que como se fundamentó, no existió ningún escenario que permita entrever se haya revalorizado la prueba en contra de los principios de inmediación y concentración, cambiado la situación jurídica del imputado o repercusión en la parte resolutiva; por el contrario los fundamentos contenidos en la Resolución impugnada, se encuentran acordes con la doctrina legal del precedente citado que en definitiva, no existen defectos absolutos inconvalidables o situaciones de vulneración de derechos y garantías fundamentales que afecten el debido proceso, correspondiendo declarar infundado el recurso de casación formulado