Auto Supremo AS/0796/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0796/2015-RRC-L

Fecha: 06-Nov-2015

En el primer motivo del recurso sujeto al presente análisis, la recurrente denuncia que el


En el primer motivo del recurso sujeto al presente análisis, la recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, convalidó sin ninguna fundamentación, una situación defectuosa existente en la Sentencia, inobservando los arts. 162 del CP y 46 del CPP, en razón a que estando los hechos objeto del proceso penal orientados al delito de acción pública de Desacato por la calidad de funcionarios públicos que ostentan los miembros del Servicio Departamental de Educación, la competencia de la Jueza jamás nació, al tratarse de un delito de acción pública, su persecución está reservada al Ministerio Público. Asimismo, alegó que en la Resolución recurrida, el Ad quem inobservó la previsión contenida en el art. 124 del CPP, porque no expresó los motivos de hecho y de derecho en que basan sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba; puesto que, no expresó en sus conclusiones cuál es el basamento legal para su apreciación