Auto Supremo AS/0853/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0853/2015

Fecha: 03-Nov-2015

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3. Respecto al salario indemnizable establecido en Bs. 2.532,35, manifiesta que al no tomar en cuenta la escala salarial de la UAJMS se le otorga un trato discriminatorio diferente a los demás trabajadores, correspondiendo al empleador demostrar la categorización y clasificación salarial. En consecuencia al existir una incorrecta determinación del salario indemnizable, existe también una mala determinación del bono de antigüedad. Este hecho viola el principio del proteccionismo que tutela los derechos de los trabajadores, art. 3 inc. g) del CPT