Auto Supremo AS/0853/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0853/2015

Fecha: 03-Nov-2015

En cuanto a la nivelación reclamada, se debe tener presente que si bien la tácita

En cuanto a la nivelación reclamada, se debe tener presente que si bien la tácita reconducción o la conversión del contrato a plazo fijo por indefinido otorga al trabajador estabilidad laboral, no debe entenderse tal realidad como un mecanismo que le otorgue titularidad en el cargo, por cuanto la titularidad, conforme a los Reglamentos y Estatutos de la Universidad, se los adquiere vía concurso de méritos. Así entonces, para ser merecedor de la reclamada nivelación salarial, el demandante tuvo que haber previamente adquirido la titularidad vía concurso de méritos, lo que no ha ocurrido en la especie