Planteado el recurso, por metodología corresponde analizar primero las denuncias efectuadas en el recurso de
En cuanto al recurso de casación en la forma no establece causal para sostener algún agravio, por lo que solicita se la declare infundado.
CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
Planteado el recurso, por metodología corresponde analizar primero las denuncias efectuadas en el recurso de casación en la forma, puesto que de ser veras la misma ello devendría en la anulación de actuados, por cuanto ya no correspondería ingresar al fondo de la problemática planteada; dicho ello se pasa a resolver el recurso efectuando las siguientes consideraciones:
II.1.1 En la forma
En cuanto hace al recurso de casación en la forma de lo examinado se observa que la formulación de la misma es incompleta, y carente de toda norma legal puesto que no fundamenta, ni concreta ni precisa, cuál el agravio sufrido, mucho menos el derecho lesionado, así como no concluye con un petitorio expreso sobre lo que pretende. Destaca aún más que el recurrente no acomoda su recurso en la forma a ninguna de las causales señaladas en el art. 254 del CPC, imprecisión que no permite abrir la competencia de éste Tribunal para considerar el fondo del recurso de casación en la forma
CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
Planteado el recurso, por metodología corresponde analizar primero las denuncias efectuadas en el recurso de casación en la forma, puesto que de ser veras la misma ello devendría en la anulación de actuados, por cuanto ya no correspondería ingresar al fondo de la problemática planteada; dicho ello se pasa a resolver el recurso efectuando las siguientes consideraciones:
II.1.1 En la forma
En cuanto hace al recurso de casación en la forma de lo examinado se observa que la formulación de la misma es incompleta, y carente de toda norma legal puesto que no fundamenta, ni concreta ni precisa, cuál el agravio sufrido, mucho menos el derecho lesionado, así como no concluye con un petitorio expreso sobre lo que pretende. Destaca aún más que el recurrente no acomoda su recurso en la forma a ninguna de las causales señaladas en el art. 254 del CPC, imprecisión que no permite abrir la competencia de éste Tribunal para considerar el fondo del recurso de casación en la forma
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de (fs
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- En base a los argumentos expuestos, estando fundado y plenamente argumentado el presente Recurso Extraordinario
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
