Sin costasen aplicación del art
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA parcialmente el Auto de Vista N° 61/2015 de 27 de abril de fs. 323 a 329 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, disponiendo que en ejecución de fallos, se incluya en la liquidación, la suma de Bs.3.166,25 por concepto de vacación, manteniendo en lo demás firme y subsistente el Auto de Vista.
Sin costasen aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 y el art. 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992
Sin costasen aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 y el art. 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de (fs
- En grado de apelación deducido por Julio René Pantoja Ballivian, la Sala Social y Administrativa
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- Señala “Ante la injusticia descrita y tomando en cuenta que no es posible aceptar un
- En base a los argumentos expuestos, estando fundado y plenamente argumentado el presente Recurso Extraordinario
- Marcelo Javier Hoyos Montesinos en representación legal de la Universidad Autónoma “Juan Misael Saracho”, en
- Planteado el recurso, por metodología corresponde analizar primero las denuncias efectuadas en el recurso de
- a) En relación a los agravios 1 y 2 si bien refiere que la Resolución
- b) En cuanto a la invocación que realiza el recurrente respecto del salario promedio indemnizable;
- En ese contexto, se establece que el promedio salarial indemnizable está constituido por el término
- En cuanto a la nivelación reclamada, se debe tener presente que si bien la tácita
- c) En referencia a las vacaciones demandadas, el Tribunal ad quem concedió su pago
- Por su parte el art
- Las disposiciones citadas sobre el régimen legal de las vacaciones, contienen en primer término el
- Por otro lado es evidente que el legislador emitió el DS N° 12058, a fin
- Tan evidente es lo anterior que es en la exposición de motivos del citado DS
- Conforme se puede observar en este DS, se reconoce que hasta la fecha de su
- Ante tal realidad es que en su artículo único se establece, a condición de haber
- Conforme a lo expuesto, queda claro que tal dispositivo legal no restringe el derecho de
- Siguiendo el razonamiento anterior, se atribuirá a la responsabilidad del empleador el acúmulo de vacaciones
- Asimismo, debe tenerse presente que la omisión de la facción del rol de turnos por
- Corresponde precisar, sobre lo último dicho, que cuando la norma permite el acúmulo de la
- En el marco de la normativa señalada, para el caso de examen se advierte que
- d) Con relación al incremento salarial, de la revisión minuciosa de los decretos supremos de
- En este sentido, tampoco debe perderse de vista que la aplicación del primer principio citado,
- f) En cuanto a la actualización y reajuste sobre los beneficios sociales, el Tribunal de
- Por lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido se ajusta a las
- Sin costasen aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
