Auto Supremo AS/0853/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0853/2015

Fecha: 03-Nov-2015

En el marco de la normativa señalada, para el caso de examen se advierte que

En el marco de la normativa señalada, para el caso de examen se advierte que el Tribunal ad quem, de manera equivocada, concedió a la demandante el derecho de la vacación solo por un año, siendo lo correcto otorgar al actor su derecho adquirido a la vacación por el periodo de 2 años, 4 meses y 25 días, a mérito que hasta antes de la vigencia de la nueva constitución se consolidaron las vacaciones por los períodos de septiembre de 2008 a agosto de 20009, septiembre de 20009 a agosto de 2010 y las duodécimas de la gestión 2010 a 2011