Por otra parte en cuanto a la prueba de fs
Por otra parte en cuanto a la prueba de fs. 31, en sentido de que el mencionado documento no hace referencia a la adquisición de bien inmueble; corresponde señalar que el Ad quem en aplicación del principio de la unidad de la prueba, valorando las pruebas en su conjunto; al aludir la documental de fs. 31, y las literales de fs. 1 a 124 actas de Directorio y Balance General de la gestión de 1988 a 1990, y cotejándolas con el acta de fs. 175, arribó a la conclusión de que Ulises Casanova Becerra fungió como Secretario General del sindicato demandante y como Presidente del Directorio de la Cooperativa de Servicios al Transporte de Colectivos y Micros “Santa Cruz”, no arribó a la conclusión que con el mencionado medio de prueba se hubiera acreditado la compra del bien, sino que con la misma dedujo que la Dirección tanto del Sindicato como de la Cooperativa se centraban en una sola persona (fs. 2191 vta., renglón 19 y ss.), por lo que el error acusado resulta ser infundado
- Servicios al Transporte
- Proceso: Nulidad de contrato y otros
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por la entidad actora y resuelta
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Asimismo acusa error de derecho, manifestando que el Auto de Vista se apoya en los
- Acusa disposición contradictoria conforme al num
- Refiere error de hecho arguyendo que el Auto de Vista mencionaría al acta de fs
- Deduce haberse incurrido en error de hecho, manifestando que el Ad quem, toma como argumento
- Asimismo respecto a la prueba de fs
- Acusa errónea aplicación de la ley, arguyendo que de “fs
- Por lo que solicita se case el Auto de Vista y deliberando en el fondo
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- 2
- Corresponde señalar que la ausencia de valoración de un medio de prueba, es una acusación
- Respecto a la acusación de que el sindicato hubiera restado el valor a los mencionados
- 3
- Corresponde señalar que el Ad quem al alegar las mencionadas actas, en forma conjunta a
- Por otra parte en cuanto a la prueba de fs
- 4
- Se debe señalar que la acusación sobre una disposición contradictoria, como fue acusado la supuesta
- 5
- Por otra parte en cuanto a la acusación respecto al razonamiento sobre la literal de
- 7
- En lo demás, en la parte final tan solo hace una descripción de la adquisición
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
