Auto Supremo AS/1085/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1085/2015

Fecha: 18-Nov-2015

De considerarse que en el presente caso se hubiera pactado la resolución del contrato entre

De considerarse que en el presente caso se hubiera pactado la resolución del contrato entre los otorgantes en sujeción al art. 569 del C.C., implicaba ello que el contrato contenía una condición resolutoria, correspondiendo de consiguiente ejercitarlo a las partes una vez que consideraban que el otro contratista incumplió con la obligación pactada, extremo no acontecido en la especie, porque el actor optó por demandar el cumplimiento del contrato en la vía judicial, dejando no obstante sin efecto cualquier posible cláusula pactada al efecto al someter esta situación a la decisión del Juez; por su parte, los demandados a tiempo de contestar la demanda reconvienen solicitando la resolución del mismo, renunciando implícitamente de esta forma a los efectos de la presunta resolución o rescisión pactada en el contrato de fs. 1 a 4