Dicha resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
I.2. Motivos del recurso de casación
Dicha resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 464 a 466, interpuesto por el representante legal de la entidad gestora, que en lo principal de su contenido expresó:
Que, el Auto de Vista recurrido, no consideró el carácter público del SENASIR, creada en representación gubernamental, por ende toda documentación por ella expedida (Resolución Nº 146 de 10 de enero de 2011), hace plena prueba de acuerdo a los arts. 1287, 1289-I, 1296 y 1523 del Código Civil, normativa violada por la resolución
Dicha resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 464 a 466, interpuesto por el representante legal de la entidad gestora, que en lo principal de su contenido expresó:
Que, el Auto de Vista recurrido, no consideró el carácter público del SENASIR, creada en representación gubernamental, por ende toda documentación por ella expedida (Resolución Nº 146 de 10 de enero de 2011), hace plena prueba de acuerdo a los arts. 1287, 1289-I, 1296 y 1523 del Código Civil, normativa violada por la resolución
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
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- Posteriormente, la Comisión de Calificación de Rentas del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR,
- Ante esa determinación, la señora Luz Arteaga Fernández Viuda de Pérez interpuso recurso de reclamación,
- En grado de apelación interpuesto por la asegurada a fs
- Dicha resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
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- En ese sentido, el Tribunal de Alzada, al emitir el Auto de Vista recurrido, violó
- Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, se ingresa al análisis de
- Que, el SENASIR fue creado por el DS Nº 27066 de 6 de junio de
- El Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición en su art
- Con el argumento de precautelar los intereses del Estado, la entidad gestora en su recurso
- Por lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni vulnera
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
