VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 894
Sucre, 18 de diciembre de 2015
Expediente: 340/2015-A
Demandante: Luz Arteaga Fernández Viuda de Pérez
Demandada: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Materia: Administrativo Reclamación
Distrito: La Paz
Magistrado Relator : Dr. Jorge Isaac Von Borries Méndez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 464 a 466, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) a través del Director General Ejecutivo, Juan Edwin Mercado Claros, contra el Auto de Vista Nº 203/2014 SSA-II de 19 de diciembre (fs. 460 a 461), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de reclamación presentado por Luz Arteaga Fernández derechohabiente del titular Luciano Humberto Pérez Tapia contra la institución en cuya representación se recurre; el Auto que concedió el recurso (fs. 470); los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Resolución de la Comisión de Calificación de Rentas
Que, al fallecimiento del causante Luciano Humberto Pérez Tapia, en fecha 16 de septiembre de 1994, la Comisión Nacional de Prestaciones del Fondo Complementario de Seguridad Social Municipal, por Resolución Nº 012/95 de fecha 30 de enero de 1995 (fs. 43) otorgó, a favor de Luz Arteaga Fernández, renta de Viudedad y a Juan José Pérez Aguilar, Douglas Rolando Pérez Aguilar, Erick Chany Pérez Carita, María Helen Pérez Carita y Boris Ángel Pérez Carita Renta de Orfandad, equivalente al 100% de la renta que por vejez le hubiera correspondido al causante, correspondiendo a la esposa el 50% y a cada hijo el 10%, pagadera a partir del mes de octubre de 1994
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 894
Sucre, 18 de diciembre de 2015
Expediente: 340/2015-A
Demandante: Luz Arteaga Fernández Viuda de Pérez
Demandada: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Materia: Administrativo Reclamación
Distrito: La Paz
Magistrado Relator : Dr. Jorge Isaac Von Borries Méndez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 464 a 466, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) a través del Director General Ejecutivo, Juan Edwin Mercado Claros, contra el Auto de Vista Nº 203/2014 SSA-II de 19 de diciembre (fs. 460 a 461), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de reclamación presentado por Luz Arteaga Fernández derechohabiente del titular Luciano Humberto Pérez Tapia contra la institución en cuya representación se recurre; el Auto que concedió el recurso (fs. 470); los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Resolución de la Comisión de Calificación de Rentas
Que, al fallecimiento del causante Luciano Humberto Pérez Tapia, en fecha 16 de septiembre de 1994, la Comisión Nacional de Prestaciones del Fondo Complementario de Seguridad Social Municipal, por Resolución Nº 012/95 de fecha 30 de enero de 1995 (fs. 43) otorgó, a favor de Luz Arteaga Fernández, renta de Viudedad y a Juan José Pérez Aguilar, Douglas Rolando Pérez Aguilar, Erick Chany Pérez Carita, María Helen Pérez Carita y Boris Ángel Pérez Carita Renta de Orfandad, equivalente al 100% de la renta que por vejez le hubiera correspondido al causante, correspondiendo a la esposa el 50% y a cada hijo el 10%, pagadera a partir del mes de octubre de 1994
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En atención a la Resolución s/n y sin fecha de la Comisión Nacional de Prestaciones
- Posteriormente, la Comisión de Calificación de Rentas del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR,
- Ante esa determinación, la señora Luz Arteaga Fernández Viuda de Pérez interpuso recurso de reclamación,
- En grado de apelación interpuesto por la asegurada a fs
- Dicha resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- El Principio de Verdad Material previsto en el art
- Señaló también que, por disposición de la Ley Nº 2197 de 9 de mayo de
- En ese sentido, el Tribunal de Alzada, al emitir el Auto de Vista recurrido, violó
- Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, se ingresa al análisis de
- Que, el SENASIR fue creado por el DS Nº 27066 de 6 de junio de
- El Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición en su art
- Con el argumento de precautelar los intereses del Estado, la entidad gestora en su recurso
- Por lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni vulnera
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
