Auto Supremo AS/1169/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1169/2015

Fecha: 21-Dic-2015

Tramitado el proceso por el Juez de la causa pronunció Sentencia Nº 896, de fecha

Tramitado el proceso por el Juez de la causa pronunció Sentencia Nº 896, de fecha 19 de Octubre de 2007, cursante de fs. 143 a 145 y vta., por la que declaró improbada en todas sus partes la demanda de fs. 19 a 21 y probada la acción reconvencional de fs. 24 a 26 y vta. Por consiguiente, subsiste la Escritura Pública Nº 405/2003 de fecha 8 de diciembre de 2003, extendida por ante el Notario de Fe Pública Dr. Luis Tórrico Tejada, relativa al préstamo de dinero con garantía hipotecaria, otorgada por Favio Antonio Chipana Condori en favor de Jesús Juan Zurita Morales por la suma de $us. 10.000 así como la Sentencia Resolución Nº 227/2005 de 11 de mayo de 2005 dictada por el Juez Séptimo de Partido en lo Civil. Sin costas, de conformidad a lo previsto por el art. 198-III del Código de Procedimiento Civil