Auto Supremo AS/0065/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0065/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Finalmente se tiene que respecto al reclamo de la inexistencia de contrato o de relación

Finalmente se tiene que respecto al reclamo de la inexistencia de contrato o de relación laboral entre el demandante y el demandado, este último no cumplió con la carga de la prueba, conforme era su obligación de acuerdo a lo dispuesto en los adjetivos laborales arriba anotados; en ese sentido, los de instancia valoraron adecuadamente la prueba de cargo de fs. 85 y 86, así como aplicaron de manera correcta el art. 182. c) y d) del CPT, en cuanto se refiere a las presunciones allí contenidas, arribando de tal manera a la convicción de que en el caso existió una relación laboral por el periodo demandado por el actor, y consecuentemente, al no haberse tampoco probado la causal de desvinculación laboral, se aplicó de manera acertada la presunción prevista en el inc. d) arriba citado, concluyendo así que, la relación laboral terminó por despido sin causa justificada