Auto Supremo AS/0086/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0086/2015-RRC

Fecha: 06-Feb-2015

III.2. En cuanto a la denuncia de falta de valoración de hechos probados en juicio


Con relación al motivo en cuestión y efectuado el contraste propio del recurso de casación, se evidencia que la situación de hecho resuelta por el precedente invocado por la parte recurrente como contradictorio, no es similar a la planteada en la presente causa, pues en aquel la doctrina legal aplicable fue establecida al evidenciarse que en la calificación de la conducta de la parte imputada se incurrió en error in iudicando, al haberse condenado por complicidad pese a no concurrir los presupuestos previstos por el art. 23 del CP, resultando en el caso presente, que el planteamiento de la entidad recurrente se funda en la presunta autoría de uno de los imputados en los delitos acusados; a esto se añade, el hecho de que el recurrente dirige sus cuestionamientos a la actuación del Tribunal de Sentencia, sosteniendo únicamente en casación que el Tribunal de apelación debió determinar la responsabilidad penal de cada uno de los imputados, alegación que resulta insuficiente para vislumbrar una posible contradicción con el precedente invocado, razones por las cuales el presente motivo deviene en infundado.

III.2. En cuanto a la denuncia de falta de valoración de hechos probados en juicio