La valoración de los medios probatorios es un aspecto que hace al fondo de
La valoración de los medios probatorios es un aspecto que hace al fondo de la decisión que asume el Tribunal, consiguientemente si una parte considera que el juzgador omitió considerar prueba que, en su criterio, resulta decisiva o relevante para la resolución, ese aspecto debe ser acusado a través del recurso de casación en el fondo, porque lo que el recurrente pretende a través de ese reclamo es que el Tribunal de Casación valore los medios probatorios que habrían sido omitidos por los de instancia y, en mérito a esa valoración, extraiga los elementos probatorios que le permitan asumir una decisión distinta a la que arribaron los de instancia. En consecuencia al estar orientada la pretensión recursiva a obtener un pronunciamiento de fondo que cambie la decisión asumida por los tribunales de grado, el agravio relativo a la falta de consideración de un determinado medio de prueba no constituye causal de casación en la forma, pues, ese aspecto no resulta ser un error de forma o de procedimiento sino más bien un error de fondo
- Partes: Emilio Issa Mussa Ismael. c/ Widad Mussa Gutiérrez y otras
- Proceso: División y Partición
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Admitida la demanda por Auto de fs
- Las codemandadas Leyla y Jazmin Mussa Gutiérrez contestaron negativamente la demanda
- Sobre esos antecedentes el Juez de Partido Cuarto en lo Civil de la ciudad de
- Contra esa Sentencia el actor Emilio Issa Mussa Ismael y las codemandadas Leyla y Jasmin
- Contra esa resolución de segunda instancia el demandante Emilio Issa Mussa Ismael interpuso recurso
- EN LA FORMA
- EN EL FONDO
- En merito a los argumentos expuestos concluye haber demostrado que el inmueble objeto de la
- En virtud a los argumentos expuestos solicita se case el Auto de Vista recurrido y
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Efectuada es precisión, corresponde establecer que según la uniforme jurisprudencia sentada por la entonces Corte
- La valoración de los medios probatorios es un aspecto que hace al fondo de
- El art
- En base a lo expresado se concluye que el agravio relativo a la aparente
- Respecto a la aparente violación del art
- Al respecto corresponde establecer que el Tribunal de Alzada estableció que conforme la Escritura
- Respecto a las utilidades generadas por la confitería denominada “Center”, corresponde establecer que el Tribunal
- Conforme estable el art
- Por otro lado, de los términos expuestos en la demanda se establece que el actor
- Al respecto se deberá tener presente que la demanda se basa en hechos preexistentes sobre
- Por otro lado corresponderá señalar que si el Juez A quo no fijó como punto
- Por lo expuesto se concluye que no son evidentes las infracciones acusadas, respecto a la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita S. Nava Duran.
