Auto Supremo AS/0142/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0142/2015-RRC

Fecha: 27-Feb-2015

Contra la referida Resolución, la querellante como la imputada, interpusieron recursos de apelación restringida, alegando


Contra la referida Resolución, la querellante como la imputada, interpusieron recursos de apelación restringida, alegando la última que los delitos de acción privada deben sustanciarse conforme las reglas del proceso ordinario; sin embargo, se inobservó los arts. 329 y 379 del CPP, debido a que la querella sólo hizo mención al delito de Estelionato y las pruebas, en especial la “PD 14”, es sólo un documento de ratificación de venta y no así un contrato de compraventa, por lo que existiría errónea aplicación de la ley sustantiva. Además expresó respecto a la inscripción en Derechos Reales de la declaratoria de heredera, que ésta no fue inscrita, por lo que su conducta no se adecúa al tipo penal de Estelionato, debido a que no ocasionó ningún perjuicio ni impedimento para que un tercero inscriba su derecho propietario como lo hizo la querellante y que la ratificación de venta sólo surte efectos entre su persona y Rosa Daysi García Loayza, por cuanto la jueza vulneró los arts. 337 del CP y 365 del CPP e incurrió en inobservancia de los arts. 370 incs. 1) y 8) del CPP, más aún, si la prueba aportada era insuficiente y su valoración fue tergiversada por basarse en un sólo documento que no demuestra la existencia de un perjuicio o daño. La imputada en el Otrosí de su memorial de recurso, solicitó se adjunte toda la documentación como acusación, prueba de cargo y descargo, más el registro de declaraciones testificales, todo en fotocopias simples