Auto Supremo AS/0142/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0142/2015-RRC

Fecha: 27-Feb-2015

Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 672/2014-RA de 26 de noviembre,


I.1.1. Motivo del recurso

Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 672/2014-RA de 26 de noviembre, se tiene como motivo sujeto a análisis, el siguiente:

La recurrente, señala que el Auto de Vista impugnado, incurrió en defecto absoluto previsto en el art. 169 inc. 3) del CPP, puesto que no se señaló audiencia complementaria para la producción de prueba ofrecida en el recurso de apelación, admitiéndose sólo el recurso a fs. 343, con el argumento que en el memorial de apelación restringida no se pidió audiencia de fundamentación ni audiencia para recepcionar prueba, a pesar que a fs. 341, consta un memorial presentado por ella, en el que solicitó corrección del procedimiento, al amparo del art. 168 del CPP, pidió de manera expresa la admisión de su recurso de apelación, e hizo notar la existencia de la proposición de prueba y solicitó se señale “la respectiva audiencia” (sic); sin embargo, no se lo hizo, negativa que considera es contraria a la doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 190/2012 de 24 de julio y a lo establecido en los arts. 411 y 412 del CPP. Añade que, de haberse señalado la audiencia solicitada, el Tribunal tenía la posibilidad de revisar la vulneración de las reglas de la sana crítica en la valoración de la prueba “PD14”, propuesta en el recurso de apelación y el factum de la acusación con respecto al delito de Estelionato; además, lesiva de su derecho a la defensa, la garantía del debido proceso, la tutela judicial efectiva y el principio pro actione, puesto que a través de la producción probatoria y fundamentación de su recurso, podía atenuar la pena, incluso revocar la injusta sentencia condenatoria