La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Margarita Ojeda Blanco Vda. de Hoyos
- Por memorial presentado el 22 de octubre de 2014, cursante de fs
- La misma Sentencia, absolvió de culpa y pena a la imputada Rosa Daysi García Loayza,
- b) Contra la mencionada Sentencia, la querellante María Rosa Pedraza Cerda (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 672/2014-RA de 26 de noviembre,
- Con esos argumentos la recurrente, solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado,
- Mediante el Auto Supremo 672/2014-RA de 26 de noviembre, se admitió el recurso de casación
- II.1. Sentencia
- II.2. Apelaciones restringidas
- Contra la referida Resolución, la querellante como la imputada, interpusieron recursos de apelación restringida, alegando
- II.3. Actuaciones emergentes del recurso de apelación formulado por la recurrente
- La parte recurrente haciendo referencia a una Resolución de detención preventiva, interpuso recurso de reposición
- II.4. Auto de Vista impugnado
- En el caso presente la parte recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no señaló
- III.1. Del precedente invocado por la parte recurrente
- Como precedente, la recurrente invocó el Auto Supremo 190 de 24 de julio de 2012,
- De ambas normas, se establece en primer lugar que el art
- En el mismo sentido, se pronunció la Sentencia Constitucional 1811/2003-R de 5 de diciembre, que
- Ahora bien, definido el único caso en el cual se puede ofrecer prueba en grado
- III.3. Análisis del caso concreto
- Por otro lado, la recurrente interpuso recurso de reposición contra el citado proveído de 28
- De todo lo expuesto, resulta indiscutible que la recurrente, de manera incoherente y contradictoria, alega
- Estos antecedentes demuestran que la apelante no ofreció prueba de manera clara y expresa para
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
