Auto Supremo AS/0091/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0091/2015

Fecha: 02-Mar-2015

Así entonces, habiéndose consignado en el memorándum como causal del despido el art

Así entonces, habiéndose consignado en el memorándum como causal del despido el art. 13 y que tal invocación fue refrendado con la facción del finiquito de fs. 203, no cabe lugar a discusión sobre el hecho de que hubiese existido otra causal, por cuanto el hecho de haber faccionado y presentado el finiquito no supone otra cosa que corroborar la causal invocada en dicho memorándum