Auto Supremo AS/0091/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0091/2015

Fecha: 02-Mar-2015

CONSIDERANDO I

Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 562 a 565, interpuesto por Víctor Hugo Banda Peña en representación legal de la Cooperativa de Teléfonos La Paz Ltda. (COTEL Ltda.), contra el Auto de Vista Nº 036/2010-SSA-I de 8 de febrero, cursante a fs. 553 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso social sobre reincorporación seguido por Fabiola Ramírez Duran contra COTEL Ltda.; la respuesta de fs. 568 a 570; el auto que concedió el recurso de fs. 570 vta.; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Que tramitado el proceso laboral, la Juez Quinto de Partido de Trabajo y Seguridad Social del actual Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 55/2009 de 29 de mayo de 2009 (fs. 533 a 537), declarando probada la demanda de fs. 18 a 20, aclarada a fojas 22 y complementada a fojas 26, e improbada la Excepción Perentoria de Pago Documentado, disponiendo que COTEL Ltda. proceda a la reincorporación de la actora Fabiola Ramírez Duran a su fuente de trabajo, con el consiguiente reconocimiento de salarios desde la fecha de la interrupción laboral hasta la efectiva reincorporación a COTEL Ltda., con costas