Auto Supremo AS/0091/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0091/2015

Fecha: 02-Mar-2015

En el marco de lo anterior, alegar ex post sobre cualesquier otra causal carece de

En el marco de lo anterior, alegar ex post sobre cualesquier otra causal carece de relevancia a mérito que si la causal invocada para el despido fue el art. 13 del sustantivo laboral, mal se puede alegar alguna otra contenida en el art. 16 de la LGT, incluidas las que ahora se alegan, tales como el proceso de contratación del señor José Luis Ramírez Valle, la evaluación de su cumplimiento y su relación consanguínea con la actora, por cuanto éstas no fueron las causales invocadas para la desvinculación laboral