Auto Supremo AS/0131/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2015-RRC-L

Fecha: 25-Mar-2015

4) Arguye violación del principio de continuidad y pérdida de competencia, previstos en los arts


4) Arguye violación del principio de continuidad y pérdida de competencia, previstos en los arts. 357 y 334 del CPP, respectivamente, porque el 24 de julio de 2009 a horas 9:30, continuando con el juicio, después de varias suspensiones, una vez que la defensa renunció a sus demás pruebas, para pasar directamente a la etapa de formulación de conclusiones, en vez de dictar Sentencia al ser una Jueza unipersonal y por tanto, no requerir de deliberación, decretó un cuarto intermedio para dictar solamente la parte resolutiva del fallo, incurriendo con ello en pérdida de competencia, además de señalar la fecha para su lectura por más de tres días