Auto Supremo AS/0131/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2015-RRC-L

Fecha: 25-Mar-2015

Consiguientemente, conforme se ha precisado líneas arriba el Tribunal de alzada tiene la obligación de


Consiguientemente, conforme se ha precisado líneas arriba el Tribunal de alzada tiene la obligación de responder de manera motivada a la omisión de los agravios reclamados, evidenciándose que no cumplió con dicha obligación, por tanto incurrió en el defecto de incongruencia omisiva y de esa manera vulneró los derechos constitucionales del debido proceso y a la defensa; deviniendo el presente recurso como fundado