Auto Supremo AS/0131/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2015-RRC-L

Fecha: 25-Mar-2015

iii) Sobre el segundo agravio contenido en el art


iii) Sobre el segundo agravio contenido en el art. 370 inc. 11) del CPP, no es evidente, toda vez que de acuerdo al nuevo sistema penal se habla de hechos y no de tipos penales, realizándose el juicio sobre la base de la acusación sin incluir el juez hechos no contemplados en ella, existiendo congruencia al haberse dictado auto de apertura de juicio sobre los delitos de Difamación e Injuria, realizándose el juicio conforme prevé el art. 343 y siguientes del CPP, hasta el emisión de la sentencia, el que se encuentra debidamente estructurado por la motivación en los tres niveles, fundamentación fáctica, probatoria y jurídica; contiene no sólo la expresión clara y terminante de los hechos que condujeron a su afirmación por un lado, y los fundamentos de derecho por otro, es más, guarda estricta relación entre la parte considerativa y la resolutiva, al contener el relato circunstancial de los hechos, su transcripción de manera ordenada y separada en función a los tipos penales acusados y los vicios que se reclaman, no son evidentes y por tanto inaceptables