Auto Supremo AS/0182/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0182/2015

Fecha: 11-Mar-2015

alguno del demandado Gregorio Mamani Espinoza y de Terceros desconocidos sobre el inmueble ubicado

Admitida la demanda a fs. 26 vta., previa citación, el demandado Gregorio Mamani Espinoza por memorial de fs. 33 a 38 vta., se apersona y contesta además de reconvenir; se establece los puntos de hecho a probar por Auto de fs. 63 y vta., tramitándose la causa como ordinario de hecho. Tramitada la causa, el Juez Cuarto de Partido en lo Civil de El Alto, pronunció Sentencia cursante de fs. 124 a 126, declarando: PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 24 a 26, de obrados, en cuanto se refiere a la REIVINDICACION e IMPROBADA en cuanto al Resarcimiento de Daños y Perjuicios y Mejor Derecho de Propiedad e IMPROBADA la Demanda Reconvencional, en consecuencia se declara la inexistencia de derecho propietario
alguno del demandado Gregorio Mamani Espinoza y de Terceros desconocidos sobre el inmueble ubicado en la urbanización Alto Chijini de la ciudad de El Alto, Manzano 80-A, con una superficie de 308 mts2., bien inmueble registrado en Derechos Reales bajo el Folio Real Nº 2.01.4.01.0065059, asimismo se dispone que la parte demandada Gregorio Mamani Espinoza en ejecución de Sentencia en el plazo de 60 días proceda a la entrega del bien inmueble mencionado a su propietario Walter Mamani Quelca, bajo prevenciones de procederse al desapoderamiento en caso de incumplimiento y sea con las debidas formalidades de ley