habría perdida de posesión, el Auto de Vista es claro cuando aborda respecto al tema,
Finalmente, en relación a que, al no haber estado en posesión física del inmueble no existiría la posibilidad de que procediera la reivindicación, en el entendido de que no
habría perdida de posesión, el Auto de Vista es claro cuando aborda respecto al tema, que no lleva a confusión alguna, salvo la interpretación forzada que pretende el recurrente. No obstante ello el recurrente debe comprender que si bien es cierto que se declaró improbada la demanda de mejor derecho, se lo hizo en razón a que no hay otro título con la que pudiera haberse contrastado ni controvertido, siendo el título del actor el único que respalda derecho propietario y consecuentemente al ser esto así indudablemente correspondía fallar en el sentido como se razonó en Sentencia y confirmado por Auto de Vista, lo anterior además como consecuencia de haberse demandado reivindicación respaldado por el único título de derecho propietario existente en obrados y que corresponde al actor, habiéndose dado lugar a la demanda de reivindicación, quedando claro que si bien el demandado adjuntó formularios de pagos de impuestos, aquellos no respaldan de ninguna manera derecho propietario, ni legitima la posibilidad de demandar una presunta nulidad de la Escritura Pública del actor
habría perdida de posesión, el Auto de Vista es claro cuando aborda respecto al tema, que no lleva a confusión alguna, salvo la interpretación forzada que pretende el recurrente. No obstante ello el recurrente debe comprender que si bien es cierto que se declaró improbada la demanda de mejor derecho, se lo hizo en razón a que no hay otro título con la que pudiera haberse contrastado ni controvertido, siendo el título del actor el único que respalda derecho propietario y consecuentemente al ser esto así indudablemente correspondía fallar en el sentido como se razonó en Sentencia y confirmado por Auto de Vista, lo anterior además como consecuencia de haberse demandado reivindicación respaldado por el único título de derecho propietario existente en obrados y que corresponde al actor, habiéndose dado lugar a la demanda de reivindicación, quedando claro que si bien el demandado adjuntó formularios de pagos de impuestos, aquellos no respaldan de ninguna manera derecho propietario, ni legitima la posibilidad de demandar una presunta nulidad de la Escritura Pública del actor
- Proceso: Mejor Derecho Propietario, Reivindicación y otros
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- alguno del demandado Gregorio Mamani Espinoza y de Terceros desconocidos sobre el inmueble ubicado
- Apelada la referida Sentencia por Gregorio Mamani Espinoza, por memorial de fs
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- 1
- Que el lote de terreno del demandado tuviera colindancias distintas, y se habría urdido la
- Que Derechos Reales no diera curso a esta clase de trámites y exigiría siempre la
- Por ello se habría demandado en la vía reconvencional la nulidad de la Escritura
- 2
- Que fuera equivocado lo afirmado en el Auto de Vista al considerar que no necesariamente
- Otra de las interpretaciones erróneas del Auto de Vista, fuera que no se habría
- Por todo lo expuesto refiere interponer recurso de casación en el fondo, a fin de
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
- violación del art
- Las apreciaciones subjetivas con relación a la presunta modificación unilateral que pudiera efectuar cualquier persona,
- Por otro lado, cuando señala que habría demandado en la vía reconvencional la nulidad de
- habría perdida de posesión, el Auto de Vista es claro cuando aborda respecto al tema,
- Por lo expuesto, corresponde a éste Tribunal emitir Resolución en sujeción a lo previsto por
- declara INFUNDADO el recurso de casación contra el Auto de Vista Nº S-290/2009 de 30
- Se regulan los honorarios del abogado en la suma de bs. 1.000
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda Rita Susana Nava Duran
- Ante mi Fdo. Dr. Gonzalo Rojas Segales
- Registrado en el libro de Tomas de Razón: Segundo
