Auto Supremo AS/0210/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0210/2015-RRC

Fecha: 27-Mar-2015

Arguyó igualmente que la Sentencia presenta los defectos establecidos en los incs


Arguyó igualmente que la Sentencia presenta los defectos establecidos en los incs. 1), 4), 6) y 8) del art. 370 del CPP. En cuanto al inc. 1), señaló que se trata de una cuestión civil de un préstamo de dinero con garantía real y por haberse penalizado una cuestión civil, que se aplicó en forma errónea la ley penal sustantiva en el art. 335 inc. 4) del CP, que la base de la Sentencia, es la declaración de la denunciante y otros testigos en forma subjetiva y parcializada, insuficientes para generar convicción en el Tribunal, para ser declarada autora del delito de Estafa; respecto al inc. 6), el Tribunal no hizo una correcta valoración de la prueba, principalmente de la documental consistente en el poder concedido a Ernesto Antezana Cavero, donde no se indicó ningún inmueble en construcción; con relación al inc. 8), la Sentencia presenta contradicción entre la parte considerativa y resolutiva, al indicar que se otorgó un poder amplio para que se realice cualquier acto de disposición sobre el inmueble y en la parte dispositiva, concluyó que se utilizaron artificios y mentiras para hacer caer en error a la acusadora