Auto Supremo AS/0175/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0175/2015

Fecha: 06-Abr-2015

Ahora bien, debe considerarse que el ex trabajador formuló demanda de reliquidación de beneficios sociales

Como se señaló en paréntesis, si bien tal documento no especifica en detalle los conceptos por los cuales se acordó el pago del monto arribado anotado, no es sino el finiquito de fs. 1 y 34, el que representa a detalle los conceptos extrañados, documento que ciertamente refiere como conceptos pagados, los siguientes: indemnización por 1 año, 4 meses y 9 días; aguinaldo de navidad de 10 meses y 6 días; vacación de 9 días; y, sueldo del mes de noviembre 5 días.
Ahora bien, debe considerarse que el ex trabajador formuló demanda de reliquidación de beneficios sociales y derechos laborales (fs. 2 a 3, 6, 8 y 10), en el entendido que el finiquito elaborado y pagado no representaba lo correcto, al haberse incluido un tiempo de servicios menor al prestado, un promedio indemnizable distinto al que corresponde, y finalmente con la exclusión de beneficios sociales y derechos laborales, a los que consideró tener derecho