Concluyó solicitando al Tribunal de Casación, dictar Auto Supremo, anulando obrados conforme al art
Reclamó que, en ninguna de las instancias del proceso se consideró las pruebas de descargo presentadas en vigencia del término de prueba, que acreditaban la causal de despido, pago de vacación y aguinaldo; sin embargo, la presentada por el actor, pese a no haber sido ratificada, fue considerada en sentencia; peor aún, no existe notificación alguna que se haya efectuado con la prueba de cargo.
II.3 Petitorio
Concluyó solicitando al Tribunal de Casación, dictar Auto Supremo, anulando obrados conforme al art. 271.3) del CPC, o casando el Auto de Vista recurrido, conforme al art. 271.4) del Adjetivo Civil citado, bajo el razonamiento que no pueden pagarse beneficios sociales a una persona que se le canceló
II.3 Petitorio
Concluyó solicitando al Tribunal de Casación, dictar Auto Supremo, anulando obrados conforme al art. 271.3) del CPC, o casando el Auto de Vista recurrido, conforme al art. 271.4) del Adjetivo Civil citado, bajo el razonamiento que no pueden pagarse beneficios sociales a una persona que se le canceló
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
- Acusó que, la resolución recurrida en casación no se pronunció sobre todos los agravios llevados
- Acusó también que, el Auto de Vista no se pronunció sobre el punto segundo y
- Concluyó solicitando al Tribunal de Casación, dictar Auto Supremo, anulando obrados conforme al art
- II.1 En cuanto al recurso de casación en la forma
- Cabe aclarar que, en la práctica forense muchos entienden que el art
- Sin embargo de lo anotado, en cuanto a la manifestación expuesta en el punto segundo
- En cuanto al reclamo de no consideración por los de instancia, respecto a las pruebas
- II.2 En cuanto al recurso de casación en el fondo
- Que, la prueba referida como erróneamente valorada, cursa a fs
- Ahora bien, debe considerarse que el ex trabajador formuló demanda de reliquidación de beneficios sociales
- En ese sentido, si bien el finiquito de fs
- Que, en todo caso, la norma contemplada en el art
- Por lo relacionado, no siendo evidentes las infracciones acusadas por la parte recurrente, corresponde resolver
- No se regula honorario profesional de abogado, en razón de no constar respuesta de la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
