Cabe aclarar que, en la práctica forense muchos entienden que el art
Cabe aclarar que, en la práctica forense muchos entienden que el art. 90 del CPC, al señalar que las normas procesales son de orden público y que las estipulaciones contrarias serían nulas, autorizaría al juez a anular todo el proceso en el que se hubiere incurrido en cualquier defecto en su tramitación aunque tal hecho no estuviere expresamente sancionado con nulidad; ello no resulta así, pues, cuando el art. 90 del CPC, dispone que las normas procesales son de orden público y de cumplimiento obligatorio, sólo establece el carácter publicista del proceso, que no permite, bajo sanción de nulidad, a convenir renuncias a las reglas del procedimiento como se lo hacía en el procedimiento anterior, por lo tanto la nulidad a la que se refiere dicha norma, expresa tan solo las renuncias que se convienen de las reglas del proceso y nunca a los simples errores en la tramitación de los juicios, por cuanto las nulidades procesales se rigen, entre otros, por el principio de especificidad o legalidad consagrado por el art. 251.I del CPC, al reservarse a la Ley, la determinación de las nulidades procesales
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
- Acusó que, la resolución recurrida en casación no se pronunció sobre todos los agravios llevados
- Acusó también que, el Auto de Vista no se pronunció sobre el punto segundo y
- Concluyó solicitando al Tribunal de Casación, dictar Auto Supremo, anulando obrados conforme al art
- II.1 En cuanto al recurso de casación en la forma
- Cabe aclarar que, en la práctica forense muchos entienden que el art
- Sin embargo de lo anotado, en cuanto a la manifestación expuesta en el punto segundo
- En cuanto al reclamo de no consideración por los de instancia, respecto a las pruebas
- II.2 En cuanto al recurso de casación en el fondo
- Que, la prueba referida como erróneamente valorada, cursa a fs
- Ahora bien, debe considerarse que el ex trabajador formuló demanda de reliquidación de beneficios sociales
- En ese sentido, si bien el finiquito de fs
- Que, en todo caso, la norma contemplada en el art
- Por lo relacionado, no siendo evidentes las infracciones acusadas por la parte recurrente, corresponde resolver
- No se regula honorario profesional de abogado, en razón de no constar respuesta de la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
