Auto Supremo AS/0200/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0200/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Si bien en el caso de análisis el trabajador fue despedido injustificadamente en fecha 15

Si bien en el caso de análisis el trabajador fue despedido injustificadamente en fecha 15 de enero de 2011, así se tiene anotado en la demanda de pago de beneficios sociales de fs. 46 a 47, subsanada de fs. 52 y 54 de obrados, y es recién en fecha 22 de septiembre de 2011 que el actor presentó su demanda de reincorporación laboral más el pago de sueldos devengados y reconocimiento de derechos laborales, como se demuestra por el memorial de fs. 79 a 82 y el cargo de presentación de fs. 82 vta., es decir luego de 8 meses de ocurrida la desvinculación, no así luego de más de dos años, como sostiene la parte recurrente