VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 161 a 168 vta., interpuesto por Mario Aníbal Pereira Loza, contra el Auto de Vista N° 102/10 de 9 de abril (fs. 158 y vta.), emitido por la Sala Social y Administrativa Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social por reintegro de beneficios sociales y otros derechos laborales sigue Mario Aníbal Pereira Loza contra el Banco Mercantil Santa Cruz S.A.; la respuesta de fs. 174 a 177; el Auto N° 379/10 de 1 de septiembre de fs. 178 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Que, formulada la demanda social por reintegro de beneficios sociales y otros derechos laborales (fs. 26 a 31 vta.), el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció Sentencia No 66/2009 de 31 de julio (fs. 132 a 133 vta.), declarando improbada la demanda y sin lugar a reintegro alguno
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 161 a 168 vta., interpuesto por Mario Aníbal Pereira Loza, contra el Auto de Vista N° 102/10 de 9 de abril (fs. 158 y vta.), emitido por la Sala Social y Administrativa Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social por reintegro de beneficios sociales y otros derechos laborales sigue Mario Aníbal Pereira Loza contra el Banco Mercantil Santa Cruz S.A.; la respuesta de fs. 174 a 177; el Auto N° 379/10 de 1 de septiembre de fs. 178 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Que, formulada la demanda social por reintegro de beneficios sociales y otros derechos laborales (fs. 26 a 31 vta.), el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció Sentencia No 66/2009 de 31 de julio (fs. 132 a 133 vta.), declarando improbada la demanda y sin lugar a reintegro alguno
- Demandado: Banco Mercantil Santa Cruz S.A
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- i) Que, el Auto de Vista recurrido, incurrió en error de derecho al atribuirle a
- ii) Que, el fallo recurrido vulneró el art
- iii) Que, el Tribunal ad quem incurrió en error de hecho y de derecho al
- iv) Que, la resolución recurrida incurrió en error de hecho y de derecho en la
- v) Que, el fallo recurrido vulneró el art
- Transcribiendo los arts
- Concluyó solicitando que la Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, case el
- Que, así formulado el recurso de casación en el fondo, se ingresa a su análisis
- Ahora bien, siendo que la cuestión controvertida está relacionada al fáctico de, si existió o
- En ese sentido, si bien es evidente que la literal de fs
- A ello debe agregarse también que, por la literal de fs
- Resulta por otra importante referirnos a lo expresado por el mismo actor, cuando en el
- Bajo tales antecedentes, éste Tribunal no encuentra que sea evidente la acusada valoración errónea de
- En cuanto a la prueba de fs
- Debe quedar anotado que, al haberse resuelto la controversia en forma negativa para la parte
- En cuanto a las literales de fs
- Por lo relacionado, no siendo evidentes las infracciones acusadas por la parte recurrente, encontrándose que
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
