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    Auto Supremo AS/0256/2015-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0256/2015-RRC

    Fecha: 10-Abr-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 17 de octubre de 2014, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a) Por Sentencia 19/2014 de 28 de febrero (fs
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 003/2015-RA de 6
    • 3) Finalmente, señala que el Tribunal de alzada no circunscribió su decisión a los puntos
    • Por lo expuesto, en aplicación del art
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • Desarrollado el juicio oral, el Tribunal Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de
    • II.3. Del Auto de Vista recurrido
    • La Sala Penal Primera, emitió el Auto de Vista 69/2014 de 5 de septiembre, por
    • Con la finalidad de cumplir la tarea de unificar la jurisprudencia emanada de los Tribunales
    • III
    • Previamente a analizar la viabilidad de efectuar la contratación de jurisprudencia en base a la
    • En relación a la denunciada revalorización en la que habría incurrido el Tribunal de alzada,
    • III.1.1. Sobre el principio de libertad probatoria
    • Ahora bien, en estricta relación con lo desarrollado precedentemente, es preciso recordar que el sistema
    • “Una vez introducida la prueba de cargo y descargo al proceso, desarrollados los actos y
    • Es así que, el Tribunal de alzada al resolver el recurso de apelación restringida, tiene
    • Ingresando ya al análisis del motivo de casación y en mérito a haberse establecido que
    • De lo descrito, se tiene que el Tribunal de alzada, determinó la existencia de defecto
    • En estrecha relación con el tema antes analizado, se advierte que la afirmación efectuada por
    • En cuanto al cuestionamiento sobre el fundamento del Tribunal de alzada en el que concluyó
    • Los delitos para ser considerados como tales, deben reunir todas las condiciones exigidas para cada
    • Ahora bien, en cuanto a la labor de adecuada subsunción de los hechos al tipo
    • En primer término, y como labor inmediata, una vez concluida la valoración de la prueba
    • De este modo la selección e interpretación del tipo penal y su adecuada subsunción no
    • III.2.1. Sobre los tipos penales de falsedad con relación al de Uso de Instrumento Falsificado
    • Éste máximo Tribunal de Justicia, emitió un criterio en el Auto Supremo 055/2014-RRC de 24
    • Este entendimiento tiene su base legal en el mismo tipo penal del art
    • El Código castiga el uso llevado a cabo por el no falsificador si es para
    • III.2.2. El motivo de casación
    • En ese ámbito, se advierte que el Tribunal de Sentencia, habiendo establecido que las pruebas
    • Al respecto, es preciso recordar que el delito de Falsificación Ideológica, tipifica la conducta del
    • Por lo expuesto, se constata que el Tribunal de Alzada omitió controlar si de acuerdo
    • Con relación a la subsunción de los hechos al delito de Uso de Instrumento Falsificado,
    • Seguidamente, se estableció que una vez concluido el referido programa de estudios el 2004, en
    • De acuerdo a lo desarrollado, es correcta la subsunción que efectuó el Tribunal de Sentencia
    • Aspectos que pudieron haber sido detectados por el Tribunal de alzada en su labor de
    • Al respecto, se constata que la denuncia planteada por el recurrente, fundamentalmente referida a que
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Para fines del art
    • En aplicación del art
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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