Auto Supremo AS/0256/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0256/2015-RRC

Fecha: 10-Abr-2015

De lo descrito, se tiene que el Tribunal de alzada, determinó la existencia de defecto


De lo descrito, se tiene que el Tribunal de alzada, determinó la existencia de defecto de Sentencia –sin especificar cuál-, afirmando que no se estableció la falsedad de los documentos cuestionados y que la Sentencia se basó solamente en el informe emitido por el encargado de archivos y registro de la UMSA; empero, de la revisión de la Sentencia, se observa que en el punto cuarto del apartado II, referido al voto de los miembros del Tribunal de Sentencia, se declaró como hecho probado en juicio, más allá de duda razonable, que Hugo Morales Bellido, Jefe de la División de Documentos y Archivo de la UMSA, respondió a la solicitud de la Unidad de Auditoria Interna del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, mediante Nota A.JUR.NOTA 120/09 de 4 de febrero de 2009, sobre los títulos de la carrera profesional del acusado, señalando que “revisados los Libros concernientes a Títulos Académicos y en Provisión Nacional de la gestión 2002, el nombre del señor Juan Carlos Eyzaguirre Fuentes no figura como profesional titulado de la Carrera de Derecho, se verificó, añade el informe, que las fotocopias adjuntas de los Títulos Académico y en Provisión Nacional son falsos, la caligrafía, el numero y las firmas de las autoridades están fraguadas” (sic), afirmación que se basó en: “TESTIFICALES DR. WALDO ALBARRACIN SÁNCHEZ Rector de la Universidad Mayor de San Andrés DOCUMENTALES MP 21 y AP 13 (Informe D.D.A.INF Nº 040/09 de fecha 25 de Febrero de 2009 por el cual el Lic. Hugo Morales bellido Jefe de la División de Documentos y Archivo de la Universidad Boliviana Universidad Mayor de San Andrés informa al Dr. Waldo Albarracin Sanchez jefe del departamento Asesoría Jurídica que revisados los libros concernientes a Títulos Académicos y en Provisión Nacional de la gestión 2002, el nombre de Juan Carlos Eyzaguirre Fuentes no figura como profesional titulado de la Carrera de Derecho) MP.21 y AP.14 (Nota A.JUR Nº 194/04 al Lic. Jorge Olguín Maldonado Jefe de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culta de Abog. Elías Huanto Asesor Jurídico y Dr. Waldo Albarracín jefe del departamento Asesoría Jurídica…por la cual se remite informe D.D.A INF. Nro 040/09) MP.21 y AP.20 (Informe de Cap. Dr. Juan C. Bazoalto Torrez Asignado al caso de fecha 27 de julio de 2010) MP.22 (Informe Cap. Dr. Juan C. Bazoalto Torrez Asignado al caso de fecha 28 de febrero de 2011) MP.23 y AP. 25 (Informe CP/KA7INF/071/2011 de Julio Luna Narváez a Dr. Juan ramos Mamani director de la Carrera de Derecho, por el cual se informa que Juan Carlos Eyzaguirre Fuentes fue alumno regular de las gestión 1993 a 1998 con el vencimiento de 18 material que no cuenta con documentación alguna en su file de haber tramitado examen de grado y/o Defensa de Tesis y que la Unidad de Kardex no ha emitido ningún documento académico a nombre de Juan Carlos Eyzaguirre Fuentes)” (sic)