Auto Supremo AS/0276/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2015-RRC

Fecha: 30-Abr-2015

Ante ello, los vocales refirieron que fue pertinente sintetizar y buscar de forma objetiva los


Ante ello, los vocales refirieron que fue pertinente sintetizar y buscar de forma objetiva los agravios que impliquen vulneración de derechos fundamentales, así de los datos del proceso evidenció que el juzgador procedió de forma correcta, tomando en cuenta el art. 365 del CPP, habiéndose cumplido la adecuación típica de los imputados al delito de Despojo, ya que el Código Penal: “…protege no solamente el dominio sobre el inmueble, sinó el ejercicio de facultades originadas en derechos reales que se ejercen sobre el mismo, es decir no se requiere ser propietario del inmueble, ni estar en posesión física del inmueble, ya que el despojar de la simple posesión o tenencia ya configura el delito de despojo…” (sic); toda vez que se verificó el despojo de la tenencia o posesión, sin importar si es propietaria o no la empresa, entonces “…en el presente caso no se dilucida ningún derecho propietario que corresponde su reclamo a otra instancia legal, sino la eyección sufrida y el hecho de mantenerse en el terreno…” (sic) (Las negrillas son nuestras)