Auto Supremo AS/0268/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268/2015

Fecha: 04-May-2015

Al respecto, se observa que para resolver el presente conflicto es menester dejar establecido que,

II. 2 En relación a la impersonería del demandante
Al respecto, se observa que para resolver el presente conflicto es menester dejar establecido que, conforme orienta la doctrina y la jurisprudencia instituida por este Tribunal Supremo, el planteamiento de excepciones previas o dilatorias, fundadas por su objeto, naturaleza y efecto como medio de defensa en lo formal, tienden a corregir errores (defecto legal en la demanda), a evitar un proceso inútil (litispendencia), a impedir un juicio nulo (incompetencia, falta de capacidad o impersonería) de manera que su finalidad es prevenir y subsanar oportunamente vicios de procedimiento, pero nunca para retardar o diferir el juicio, de ahí que resultan de previo y especial pronunciamiento