Auto Supremo AS/0268/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268/2015

Fecha: 04-May-2015

Por lo anotado, éste Tribunal no encuentra cierta la vulneración de las normas denunciadas respecto

En cuanto a la Sentencia Constitucional Nº 614/2007 de 17 de julio, citada en el recurso como referencia para sustentar la aludida falta de competencia de la jurisdicción ordinaria laboral para el conocimiento y resolución de la demanda que hoy ocupa a esta instancia, la misma no tiene mayor relevancia jurídica, dado que la problemática que se analiza y resuelve en la misma, está referida a una cuestión distinta como es la protección de la mujer embarazada o con hijo hasta el año de edad, empero con la distinción de si es servidora pública sujeta al Estatuto del Funcionario Público o a la Ley General del Trabajo, o en su caso, se trata de una Consultora sujeta a las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, caso último que identificó la aludida sentencia, y por la cual concluyó que la misma no correspondía ser tutelada.
Por lo anotado, éste Tribunal no encuentra cierta la vulneración de las normas denunciadas respecto a este punto, advirtiéndose además que debido a una errada apreciación del art. 254.1) del CPC, se señala como infringida por el Tribunal de apelación, cuando tal disposición no fue empleada en el fallo recurrido, debido a que las misma constituye simplemente norma de carácter procesal que hacen viable el recurso de casación en la forma, por lo que no puede entenderse como vulneradas por el fallo recurrido