Sin costas en aplicación de los arts
Sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 y 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992
- CONSIDERANDO I
- Interpuestos los recursos de apelación tanto por Rodrigo H
- Dicha Resolución motivó el recurso de nulidad de fs
- II.2 Vulneración al art. 254.7) del CPC
- Que, el Juez de primera instancia admitió la demanda sin tener en cuenta que existiría
- Concluyó solicitando que la Corte Suprema de Justicia, anule el Auto de Vista Nº 259/09
- Que, a mérito de estos antecedentes y revisado minuciosamente el recurso de nulidad, corresponde resolver
- Así, se tiene que las excepciones previas previstas en el Título II capítulo segundo art
- En el marco de lo precedentemente expuesto, se advierte que en el caso de autos
- No obstante de lo anotado, al ser la competencia un aspecto que interesa al orden
- Así, el poder público del Estado se encuentra organizado y estructurado para su ejercicio en
- Es el Título II de la CPE, el que establece los derechos fundamentales y garantías
- Conforme lo expuesto, es evidente que el Estado juega un rol preponderante para promover y
- Evidenciándose en el caso de examen, que los demandantes impetran, el pago de sueldos devengados,
- Por lo señalado, sobre la base de dicho razonamiento, en aplicación de los arts
- Por lo anotado, éste Tribunal no encuentra cierta la vulneración de las normas denunciadas respecto
- Al respecto, se observa que para resolver el presente conflicto es menester dejar establecido que,
- Las excepciones contenidas en el art
- Advirtiéndose en el caso que se analiza que si bien la excepción de falta de
- Siendo preciso aclarar que para que la nulidad impetrada opere en el caso de autos,
- Asimismo, se debe tener presente que el Tribunal Supremo de Justicia, en su amplia jurisprudencia,
- Además de lo precedentemente expuesto, es necesario mencionar que la institución recurrente señala en su
- Por lo que se concluye no ser cierta la vulneración de las normas denunciadas respecto
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
