Auto Supremo AS/0286/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0286/2015

Fecha: 05-May-2015

Si bien es cierto que en la demanda se identifica como parte demandada a la

Si bien es cierto que en la demanda se identifica como parte demandada a la Empresa AITA, es el mismo demandante quien en su respuesta de fs. 69 a 71 se encarga de aclarar y corregir el yerro, según el cual, alegando representación de la Asociación Accidental ECO-AMBIENTAL, señala que es ésta empresa contra la que corresponde orientar la demanda, precisamente a fin de evitar futuras nulidades, con lo que la imprecisión quedó resuelta