CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 325/2015 - L Sucre: 18 de Mayo 2015 Expediente: SC - 38 - 10 – S Partes: Rivaldina Ríos Sánchez de Montenegro c/ Víctor Montenegro Gómez Proceso: Divorcio Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación en la forma y fondo de fs. 185 a 189 y vta., interpuesto por Rivaldina Ríos Sánchez contra el Auto de Vista de 02 de octubre de 2009, de fs. 181 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de divorcio, instaurado por la recurrente Rivaldina Ríos Sánchez contra Víctor Montenegro Gómez; la respuesta al recurso de fs. 191 a 193; el Auto de concesión de fs. 193 vta., los antecedentes procesales; y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Rivaldina Ríos Sánchez de Montenegro, a fs. 9 a 10, adjuntando literales de fs. 1 a 8, interpone demanda ordinaria de divorcio, señalando haber contraído matrimonio civil en fecha 08 de septiembre de 1983 con Víctor Montenegro Gómez, lo hizo con la intención de formar un hogar feliz y con la esperanza de que el mismo durará toda la vida, de cuya unión nacieron sus hijas: Mary Yuvinka, Tania Meliza y Brushenca Varinya, evidenciándose por los certificados de matrimonio y nacimiento respectivamente; sin embargo señala que su vida matrimonial se fue tornando insoportable e intolerable, transformándose su diario vivir en constantes discusiones, reproches, rencor y odio, llegando al extremo de sufrir malos tratos físicos y psicológicos por parte de su esposo, por lo tanto intolerable la vida en común, a cuyo efecto y con la finalidad de consumar su separación suscribió con su cónyuge un documento privado de desvinculación matrimonial en fecha 5 de diciembre de 2000, debidamente reconocido en sus firmas y rúbricas en la misma fecha ante Notaria de Fe Pública Nº 2 a cargo de Norma Zelaya Márquez
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 325/2015 - L Sucre: 18 de Mayo 2015 Expediente: SC - 38 - 10 – S Partes: Rivaldina Ríos Sánchez de Montenegro c/ Víctor Montenegro Gómez Proceso: Divorcio Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación en la forma y fondo de fs. 185 a 189 y vta., interpuesto por Rivaldina Ríos Sánchez contra el Auto de Vista de 02 de octubre de 2009, de fs. 181 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de divorcio, instaurado por la recurrente Rivaldina Ríos Sánchez contra Víctor Montenegro Gómez; la respuesta al recurso de fs. 191 a 193; el Auto de concesión de fs. 193 vta., los antecedentes procesales; y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Rivaldina Ríos Sánchez de Montenegro, a fs. 9 a 10, adjuntando literales de fs. 1 a 8, interpone demanda ordinaria de divorcio, señalando haber contraído matrimonio civil en fecha 08 de septiembre de 1983 con Víctor Montenegro Gómez, lo hizo con la intención de formar un hogar feliz y con la esperanza de que el mismo durará toda la vida, de cuya unión nacieron sus hijas: Mary Yuvinka, Tania Meliza y Brushenca Varinya, evidenciándose por los certificados de matrimonio y nacimiento respectivamente; sin embargo señala que su vida matrimonial se fue tornando insoportable e intolerable, transformándose su diario vivir en constantes discusiones, reproches, rencor y odio, llegando al extremo de sufrir malos tratos físicos y psicológicos por parte de su esposo, por lo tanto intolerable la vida en común, a cuyo efecto y con la finalidad de consumar su separación suscribió con su cónyuge un documento privado de desvinculación matrimonial en fecha 5 de diciembre de 2000, debidamente reconocido en sus firmas y rúbricas en la misma fecha ante Notaria de Fe Pública Nº 2 a cargo de Norma Zelaya Márquez
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Con tales antecedentes interpuso demanda de divorcio en contra de Víctor Montenegro Gómez amparada en
- El Juez Segundo de Partido y de Sentencia de Camiri, pronuncia Sentencia en fecha 01
- Contra esa Resolución de primera instancia, el demandado a fs
- Agravios de forma
- 1
- 2
- 4
- 5
- 6
- En virtud a los fundamentos de derecho expuestos solicita a este Tribunal case parcialmente el
- Del análisis del recurso se tiene que los agravios denunciados son tanto en la forma
- En el fondo
- El Código Civil en su art
- Sin embargo este Tribunal debe hacer también las consideraciones necesarias desde el ámbito del Código
- El art
- El matrimonio es una institución de orden social cuyas normas legales que rigen tanto su
- Convenio que además no fue objetado por el demandado, a cuyo efecto el Juez de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
